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Junta de Gobierno Local y Tenencias de Alcaldía
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Resolución de la Alcaldía del pasado 24/6/2019, núm. 2019/389, que es del siguiente tenor literal:
RESOLUCION DE LA ALCALDÍA SOBRE NOMBRAMIENTO DE TENENCIAS DE ALCALDÍA

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, así como el art. 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado
por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, en relación con el expediente de designación de Tenientes de Alcalde
Constituida la Corporación en sesión extraordinaria de fecha 15 de Junio de 2.019 y siendo necesaria la designación de los Tenientes de Alcalde por virtud de lo prevenido en el art. 20.1 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del
régimen local,
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 21.2 de la ley 7/85, de 2 de abril, art. 22 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril y art. 46 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre,

VENGO EN RESOLVER

1.- Nombrar como titulares de las Tenencias de Alcaldía a los siguientes
Concejales:
- Primera Tenencia de Alcaldía: Da Dolores Vargas Villalba.
- Segunda Tenencia de Alcaldía: Da. Amalia Sánchez Vasco.
- Tercera Tenencia de Alcaldía: Da. Dina Bella Amaya.
2.- Por virtud del art. 23.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y 47.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, corresponderá a los nombrados sustituir a esta Alcaldía en la totalidad de sus funciones, por el orden de su nombramiento, en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad
legalmente previstos, previa expresa delegación.

3.- Notificar la presente resolución a las personas designadas a fin de que presten, en su caso, la aceptación de tales cargos.
4.- Remitir anuncio de los referidos nombramientos para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y publicarlos igualmente en el tablón de anuncios municipal.
5.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre.
6.- Los nombramientos efectuados serán efectivos desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución.

JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
Resolución de la Alcaldía núm. 2019/391, que es del siguiente tenor literal:

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, así como el art. 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, en relación con el expediente de nombramiento de los miembros de la Junta
de Gobierno Local y fijación del régimen de sesiones.
Tras las elecciones locales del pasado día 26/5/2019 y constituida la Corporación en sesión extraordinaria de fecha 15/6/2019 y visto el informe emitido por Secretaria, que obra en el expediente.
De conformidad con lo dispuesto en los arts. 20.1 b) y 23.1 de la ley 7/85, de 2 de abril; y 35.2.d) y 112. 3 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre,

RESUELVO

1.- Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes Concejales.
- Primera Tenencia de Alcaldía: Da Dolores Vargas Villalba.
- Segunda Tenencia de Alcaldía: Da. Amalia Sánchez Vasco.
- Tercera Tenencia de Alcaldía: Da. Dina Bella Amaya.

2.- Corresponderá a la Junta de Gobierno de Local, así integrada, y bajo la presidencia de esta Alcaldía, la asistencia permanente a la misma en el ejercicio de sus atribuciones, así como las que le delegue cualquier órgano municipal o expresamente le atribuyan las leyes.
3.- Notificar la presente resolución a las personas designadas a fin de que presten, en su caso, la aceptación de tales cargos.
4.-Remitir anuncio de los referidos nombramientos para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia y publicarlos igualmente en el tablón de anuncios municipal.
5.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que se celebre.
6.- Los nombramientos efectuados serán efectivos desde el día siguiente a la fecha de
la presente resolución.
7.- Fijar la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno con carácter quincenal, el primer y tercer lunes de cada mes, en las horas que se determine en cada una de las convocatorias.