Resolución de Alcaldía núm. 2019/393, que es del siguiente tenor literal:
Esta Alcaldía tiene atribuida por ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y conveniencia en aras de una agilización y mejora del servicio, aconsejan delegar las atribuciones en determinadas materias.
En su consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 21.3 de la Ley ya citada y 43, 44, 120 y 121, del Real Decreto 2568/86, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
HE RESUELTO:
PRIMERO.- Conferir delegaciones genéricas para las áreas que se expresan, con el alcance y contenido en el que se expresa, de las áreas y en los siguientes Concejales:
1) ÁREA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN (Cultura, Educación, Ocio, Asociaciones y Comunicación) en Da. DOLORES VARGAS VILLALBA.
2) ÁREA DE RECURSOS HUMANOS Y ECONOMIA (Desarrollo Económico, Industria, Infraestructuras, Urbanismo y Personal) en D. ELOY SÁNCHEZ SÁNCHEZ.
3) AREA DE EMPLEO Y TURISMO (Empleo, Formación, Comercio y Turismo), en Da. AMALIA SÁNCHEZ VASCO.
4) AREA DE ATENCION CIUDADANA, OBRA Y SERVICIOS (Atención ciudadana, Nuevas Tecnologías, Medio Ambiente, Patrimonio, Compras, Obras y Servicios) en D. FRANCISCO JAVIER AMADOR HIERRO.
5) AREA SOCIAL Y PROTECCION CIVIL (Amparo animal, Protección Civil, Seguridad, Mayores, Bienestar Social y Dependencia) en Da. DINA JOSEFA BELLA AMAYA.
6) AREA DE DEPORTES (Actividad e instalaciones deportivas, Ocio activo y Convenios deportivos) en D. FRANCISCO JAVIER GRANADERO RODRIGUEZ.
7) AREA DE JUVENTUD, PARTICIPACIÓN E IGUALDAD (Juventud, Participación e Igualdad) en Da. MARTA REYES CANTILLO.
8) AREA DEL MEDIO RURAL (Medio rural y Sanidad) en D. FRANCISCO JOSE ACEITON DELGADO.