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BOP - Decreto por el que se aprueba la adhesión a la plataforma electrónica FACe

Decreto. En Monesterio, a veintitrés de diciembre de 2014, del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monesterio por el que se aprueba la adhesión a la plataforma electrónica <FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas> de la Secretaría de Estado de las Administraciones Públicas y se encomienda la gestión e interconexión con la misma y cuantas gestiones sean precisas para el correcto funcionamiento de la misma al Área de Planificación y Nuevas Tecnologías de Diputación de Badajoz.

La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, preveía la creación de la plataforma FACe como Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Secretaría de Estado de las Administraciones Públicas y su extensión al resto de administraciones públicas.

Asimismo, la disposición adicional quinta de la misma Ley preveía que las administraciones que quisieran utilizar la citada plataforma deberían previamente aceptar y firmar un documento de adhesión a la misma.

Por el presente decreto de esta Alcaldía se autoriza la firma electrónica del correspondiente convenio de adhesión y conoce y acepta las condiciones de uso de la plataforma y que figuran a continuación:

a) Según lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Electrónica y la Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, relativa a la adhesión al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado, de las Administraciones autonómicas y locales que quieran adherirse a la utilización de la plataforma FACe, deberán aceptar y firmar, mediante firma electrónica avanzada reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, este documento de adhesión al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado.

b) Mantener actualizada, en la plataforma FACe, la información de sus unidades organizativas implicadas en la gestión de facturas electrónicas, de conformidad con la disposición adicional trigésima tercera del testo refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de14 de noviembre, y a responsabilizarse de la gestión de las mismas.

c) Hacer un uso responsable de la plataforma FACe adecuándose estrictamente a las finalidades recogidas en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura Rlectrónica y la Creación del Registro Contable de Facturas en el Sector Público, y en la normativa que de esta se derive, y responsabilizarse del buen uso y gestión de la plataforma, así como de cualquier daño y perjuicio directo o indirecto que provenga del mal empleo de la citada plataforma.

d) Acceder a la plataforma bajo los canales que la Secretaría de Estado de las Administraciones Públicas establezca. Las comunicaciones de las distintas administraciones públicas con el punto de adecuarán a las condiciones técnicas normalizadas que la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos determinen.

e) Cumplir con las instrucciones técnicas de los manuales de uso de la plataforma FACe, que serán publicadas en el Centro de Transferencia de Tecnología —CTT— de la Administración General del Estado en siguiente url de la iniciativa FACe del CTT: http://adminitracionelectronica.gob.es/es/ctt/FACe.

f) Autorizar a las personas abajo indicadas a representar a mi administración dentro de la plataforma FACe para el alta de las unidades que deberán ser comunicadas a FACe para poder recibir facturas electrónicas. Y a conocer la información sobre como dar de alta las unidades de su administración en FACe, así como la url para proceder al alta de las mismas, que se encuentra en https://ssweb.seap.minhap.es/portalEELL/.

Autorizados:
Nombre Apellidos Cargo
José Antonio Ledesma Mestre Secretario-Interventor
Santiago Paz de Castro Adjunto Intervención Tesorería

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Alcalde–Presidente, Antonio Garrote Ledesma.